Contraloria
General.
La contraloria, como organo interno del H. Ayuntamiento,
es la instancia responsable del control y evaluacion
del ejercicio de los recursos públicos
y del desempeño gubernamental, asi como
del desarrollo y la modernizacion de la administración
publica municipal.
Conceptualización de la contraloría
Órgano
regulador de la actuación Pública
Municipal con plena autonomía en sus funciones
y atribuciones.
Vision
Consolidar
un equipo de trabajo altamente capacitado que
opere con sistemas y tecnología de punta,
cuya cultura de servicio y mejora continua le
permita ofrecer elementos suficientes para propiciar
una gestión gubernamental de calidad.
Artículo
35, fracción XXI de la Ley Orgánica
del Municipio Libre:
“ Los Ayuntamientos tendrán las siguientes
atribuciones:
...
XXI.- Establecer sus propios Órganos de
control interno autónomos, los cuales desarrollarán
funciones de control y evaluación
Artículo
386 del Código Hacendario Municipal.
“ El Ayuntamiento, establecerá un
órgano de control interno autónomo,
el cual, para los efectos de este Código
se denominará Contraloría, que desarrollará
funciones de control y evaluación.”
Artículo 3 fracción VII de la Ley
de Fiscalización Superior para el Estado:
“ Para efectos de la presente Ley se entenderá
por:
Unidades de Control Interno: La Contraloría
General, y los Órganos de Control Interno
de los Ayuntamientos.
TITULAR
Contralor
General Municipal.
M.V.Z.
Sergio López Zamora
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